El Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Granada ha dictado recientemente una sentencia firme que estima íntegramente la demanda interpuesta por el Club de Variedades Vegetales Protegidas (el “CLUB”) frente a un productor que, vulnerando de forma grave las condiciones de su contrato de licencia, multiplicó y explotó la variedad protegida Nadorcott en un número de árboles superior al expresamente autorizado.
La sentencia declara la resolución del contrato de licencia y acuerda el arranque y destrucción de la totalidad de la plantación existente en las fincas del demandado, tanto la amparada por licencia como la explotada sin la debida autorización.
Asimismo, prohíbe cualquier forma de comercialización del material vegetal y de la cosecha obtenida, y condena al infractor al pago de una indemnización por daños y perjuicios de carácter claramente disuasorio, consistente en el importe resultante de multiplicar por tres el ‘royalty’ establecido en el contrato de licencia por la totalidad de las plantas multiplicadas, incluidas tanto las licenciadas como las ajenas a dicho contrato, junto con los intereses legales y de demora y las costas procesales.

Esta nueva sentencia refuerza de manera clara la solidez y eficacia del sistema de licencias de Nadorcott y pone de manifiesto que el incumplimiento de las condiciones contractuales -en particular la prohibición de multiplicar o explotar un número de plantas superior al autorizado- no solo constituye una infracción grave, sino que conlleva consecuencias económicas y judiciales inmediatas.
El CLUB mantiene su firme compromiso con la defensa de los intereses de sus asociados, apoyado en un sistema permanente de control e inspección de las plantaciones de Nadorcott, destinado a garantizar el respeto a los derechos del obtentor, la seguridad jurídica de los productores autorizados y una competencia equitativa en el sector citrícola.
La protección de la variedad Nadorcott mediante el derecho de obtención vegetal se encuentra plenamente vigente hasta el 31 de diciembre de 2029 y las infracciones cometidas durante ese periodo no desaparecen por el mero hecho de que el derecho expire.
Cualquier multiplicación, explotación o comercialización no autorizada realizada mientras la protección estuvo en vigor genera responsabilidad para el productor y puede ser perseguida judicialmente incluso después de esa fecha, con consecuencias legales y económicas relevantes, incluido el arranque de la plantación y el pago de indemnizaciones.










