La situación de emergencia sanitaria ocasionada por el Coronavirus en el conjunto de países europeos, ha llevado a los gobiernos a adoptar numerosas medidas en diferentes ámbitos como el sanitario, el económico, el social y, sin duda también en el de la movilidad de personas y mercancías, muy especialmente en lo referido al transporte por carretera.
En este sentido, hay que señalar que todos los países han considerado al transporte de mercancías por carretera como una actividad esencial y por ello, han adoptado una serie de disposiciones tendentes a garantizar su adecuado desarrollo y con ello, asegurar el necesario abastecimiento de bienes y servicios a la sociedad en general y al resto de actividades económicas, intentando garantizar al mismo tiempo la salud de los conductores profesionales.
Así, todos los países han adoptado medidas que afectan también a los trabajadores del transporte por carretera para garantizar su protección personal, basadas en el distanciamiento social, el uso de materiales de protección como guantes o mascarillas y el uso de jabón u otros productos para la higiene personal y limpieza de los elementos de uso habitual o herramientas de trabajo.
Ante estas medidas, fundamentalmente las de distanciamiento social, en las últimas semanas han llegado a Fenadismer numerosas consultas por parte de transportistas españoles que realizan transporte internacional, especialmente de productos hortofrutícolas, respecto a la posibilidad de la conducción en equipo o el empleo de doble tripulación en los servicios de transporte.
Así, en España esta duda se resolvió mediante la Orden TMA/259/2020 de 19 de marzo, por la que el Ministerio de Transportes autorizaba la presencia de dos conductores o personas en cabina cuando las necesidades del trasporte así lo requiriera, siempre y cuando se observaran las medidas de protección e higiene básicas. En desarrollo de dicha Orden Ministerial, la Dirección General de Tráfico mediante Instrucción 20/TV-112 dictada este jueves 16 de Abril ha aclarado que dicha posibilidad se extiende también a las furgonetas, furgones y derivados de turismo, ya sean de transporte público de mercancías o de mercancías propias en las que podrán ir dos personas a bordo de las cabinas aunque sólo tengan una fila de asiento, siempre respetando las medidas sobre protección recomendadas por las autoridades sanitarias.
Según la información facilitada por Fenadismer por sus asociaciones confederadas europeas, en la misma línea que España, permitiendo la doble tripulación, se encuentran la práctica totalidad de los países de la Unión Europea, en particular en los principales países destinatarios de las exportaciones de mercancías procedentes de nuestro país. Tal es el caso de Francia, Italia, Alemania, Portugal o Bélgica, con la exigencia en todos los casos de que, en la medida de lo posible, se mantengan condiciones básicas sanitarias y de higiene, como es el uso de mascarillas, geles hidroalcohólicos a bordo del vehículo, limpieza de elementos comunes de uso por los tripulantes o evitar el contacto buscando la distancia de seguridad máxima posible.