Fenadismer puso en marcha el mes de Julio de 2012 el Observatorio permanente de la morosidad y los pagos en el sector del transporte por carretera, en colaboración con la Fundación Quijote para el Transporte, con la finalidad de conocer mensualmente la evolución de las formas y plazos de pago en el sector.
En consecuencia se trata de verificar el grado de cumplimiento de la vigente legislación en materia de morosidad en las relaciones comerciales, la cual establece que el plazo máximo de pago será de 30 días desde la fecha de prestación del servicio, ampliable a un plazo máximo legal de 60 días si así lo establecen las partes por escrito.
Durante estos casi 10 años de estudio sobre la evolución de los plazos de pago en el sector del transporte por carretera, se ha venido constatando un incumplimiento escandaloso y sistemático de los plazos máximos de pago por parte de las empresas cargadoras y operadores logísticos e intermediarios que contratan a los transportistas, las cuales imponen condiciones abusivas a sus proveedores con absoluta impunidad, basando de este modo su rentabilidad no en su actividad productiva, sino en la actividad financiera que generan a costa de los autónomos y pymes que trabajan para estos grandes grupos empresariales.
Así, en cuanto a los medios de pago que se utilizan para pagar a sus transportistas, durante el mes de mayo de 2021 las modalidades más habituales continúan siendo por este orden la trasferencia (54%), seguido del confirming (35%), el pagaré (11%) y el cheque (<1%).
Por lo que se refiere a los plazos de pago, se mantiene la tendencia creciente de demora que se ha venido constatando especialmente tras la aparición e la pandemia por el covid-19, situándose en 84 días de media en el mes de mayo, superior incluso al mes anterior. Así en el último mes, nada menos que el 67 % de los pagos que se realizan a las empresas transportistas por parte de sus clientes incumplieron la legislación vigente en materia de morosidad al superar el plazo máximo de 60 días a contar desde la realización del servicio, es decir, 2 de cada 3 pagos en el sector no cumplieron con la legalidad vigente. Además es tal el grado de incumplimiento y de demora en los pagos, que de ellos un 36% se realizaron a más de 90 días e incluso un 21% a más de 120 días, plazo en el que el transportista ya ha tenido que adelantar hasta dos trimestres el ingreso del 21% del IVA a Hacienda, con la incertidumbre de si cobrará la factura 6 meses o más después.
En este sentido, el proyecto de Ley para establecer un régimen sancionador, que fue recientemente aprobado por el Congreso de los Diputados y que ahora se encuentra en tramitación en el Senado, además de las sanciones económicas de hasta 6.000 euros ya recogidas en la vigente Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, introduce una nueva sanción agravada para aquellas situaciones reincidentes más abusivas en materia de plazos de pago, en concreto, en aquellos casos en que “se considere que la conducta afecta significativamente a la capacidad y a la solvencia económica del acreedor o se haya superado en más de 120 días el plazo máximo legal de pago”, estableciendo para ellos una sanción de hasta 30.000 euros.