Como ya adelantó FENADISMER, el Ministerio de Transportes ha confirmado este jueves 4 de Marzo cómo se aplicará en España el nuevo Reglamento ómnibus que posibilita a los Estados ampliar los plazos de validez de determinados certificados, permisos y autorizaciones habituales para facilitar el desarrollo de la actividad del transporte.
Así, según la información recibida por FENADISMER, pese a que dicho Reglamento lo posibilitaba, tanto el Ministerio de Industria como el Ministerio del Interior han descartado en esta ocasión prorrogar la vigencia de la ITV y de los permisos de conducir respectivamente.
Por su parte, el Ministerio de Transportes ha concretado que, en lo que se refiere a los permisos y autorizaciones de transporte que dependen de su ámbito competencial, dicha prórroga se limitará al certificado de aptitud profesional CAP de los conductores profesionales. Así, acogiéndose a los plazos máximos que prevé el Reglamento europeo, la validez de las tarjetas CAP de los conductores profesionales que hubieran caducado o caduquen entre el pasado 1 de septiembre y el próximo 30 de junio serán prorrogadas por un periodo de 10 meses más a contar desde la fecha de caducidad indicada en la tarjeta, salvo que dichos conductores ya se hubieran beneficiado de la prórroga anterior de 7 meses aprobada en Mayo del pasado año, en cuyo caso la ampliación de su validez será de sólo 6 meses más (no de 10 meses) y en ningún caso podrá rebasar la fecha del 1 de julio.