Por una parte, la Orden APA/1317/2020, de 28 de diciembre, define «las masas y producciones asegurables, las condiciones técnicas mínimas de forestación y cuidado de las masas, el ámbito de aplicación, los periodos de garantía, las fechas de suscripción y los precios unitarios del seguro de explotaciones forestales».
En el BOE, han especificado que la suscripción del seguro regulado en esta orden se iniciará el 15 de enero de 2021 y finalizará el 31 de mayo de 2021.
Por otra parte, la Orden APA/1318/2020, de 28 de diciembre, establece «los bienes y los rendimientos asegurables, las condiciones técnicas mínimas de cultivo, el ámbito de aplicación, los periodos de garantía, las fechas de suscripción y los precios unitarios del seguro de hortalizas al aire libre, ciclo primavera-verano, en la Península y en la Comunidad Autónoma de las Illes Balears».
Por medio de diversos anexos, establecen las diferentes condiciones en cada región, los riesgos cubiertos o las fechas de aplicación, entre otras.
Ambas órdenes entran en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE