En su apelación, la demandada alegó que los hechos ya habían sido sometidos a juicio por un Juzgado de Villarrobledo (Albacete) y que, además, los mismos estaban prescritos.
También alegó que el Juzgado de Totana había hecho una incorrecta valoración de las pruebas aportadas al proceso en cuanto al origen y la valoración de los daños y perjuicios sufridos por el cliente.
Al desestimar el recurso, la sala de la Audiencia dice que el Juzgado obró de forma correcta al estimar la demanda. Y añade que quedó acreditado que el cuarenta por ciento de la cebolla suministrada estaba afectada por el virus y que los daños fueron evaluados por un ingeniero agrónomo.




















