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Europa, Sostenibilidad |

Luz verde al paquete Omnibus I enfocado a la competitividad empresarial

Bruselas culmina la reforma del marco europeo de sostenibilidad corporativa con un enfoque orientado a la competitividad empresarial

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El Consejo de la Unión Europea ha aprobado la versión final del paquete legislativo conocido como Omnibus I, que introduce cambios sustanciales en la Directiva sobre información corporativa en materia de sostenibilidad (CSRD) y en la Directiva sobre diligencia debida en sostenibilidad corporativa (CSDDD). Con este paso, culmina el proceso legislativo iniciado tras el acuerdo político alcanzado en el trílogo y adoptado por el Parlamento Europeo el 16 de diciembre de 2025.

Las directivas modificadas quedan ahora listas para su entrada en vigor, a falta de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. La transposición a las legislaciones nacionales comenzará 20 días después de dicha publicación. A partir de ese momento, los Estados miembros dispondrán de 12 meses para incorporar a su ordenamiento interno las enmiendas relativas a la CSRD. Mientras que la CSDDD tendrá su transposición antes de julio de 2028, sitúando su aplicación efectiva a partir de julio de 2029.

Un giro hacia la simplificación normativa

El paquete Omnibus I responde a una estrategia explícita de simplificación regulatoria impulsada por las instituciones europeas con el objetivo declarado de reforzar la competitividad de la Unión en un contexto económico y geopolítico exigente. La reforma reduce el alcance subjetivo de ambas directivas y flexibiliza determinadas obligaciones que, según sus impulsores, generaban cargas administrativas desproporcionadas.

En el caso de la CSRD, se elevan los umbrales de aplicación. La obligación de reportar información de sostenibilidad se limita ahora a empresas con más de 1.000 empleados y un volumen de negocio anual neto superior a 450 millones de euros. Este ajuste excluye a un número significativo de empresas que inicialmente estaban previstas dentro del perímetro de la norma afectando así a unas 8.500 empresas en toda la Unión Europea. Además, las pymes cotizadas serán excluidas del ámbito de la CSRD, aliviando la carga normativa sobre las pequeñas y medianas empresas.

Aunque esto supone una reducción del 80-90% de empresas quedan fuera del reporte obligatorio, la UE insiste en promover la voluntariedad y la utilidad estratégica del reporting, especialmente para asegurar acceso a financiación y cadenas de suministro responsables.

Respecto a la CSDDD, el umbral se fija en compañías con más de 5.000 empleados y una facturación neta superior a 1.500 millones de euros a escala mundial. La lógica subyacente es que las grandes corporaciones cuentan con mayor capacidad de influencia en sus cadenas de valor y, por tanto, con más recursos para asumir las obligaciones de diligencia debida.

Responsabilidad, clima y cadena de valor

Entre los cambios más relevantes figura la eliminación de la obligación explícita de adoptar planes de transición climática alineados con el objetivo de limitar el calentamiento global a 1,5 °C en el marco de la CSDDD. Asimismo, se suprime el régimen armonizado de responsabilidad civil a escala de la Unión Europea, dejando mayor margen a los Estados miembros para definir sus propios mecanismos de responsabilidad.

Por lo tanto, aunque desaparece la obligación formal, las empresas siguen llamadas a avanzar hacia modelos alineados con el Acuerdo de París, los Diez Principios del Pacto Mundial de la ONU y la Agenda 2030 para favorecer su competitividad.

Las empresas deberán concentrar sus esfuerzos de diligencia debida en aquellas áreas de su cadena de actividades donde los impactos adversos reales o potenciales sean más probables. Esta priorización introduce mayor flexibilidad, pero también ha suscitado debate entre organizaciones de la sociedad civil, que advierten de posibles lagunas en la protección de derechos humanos y medioambientales.

En materia sancionadora, se mantiene la previsión de multas a nivel nacional por incumplimiento, con un tope máximo del 3 % del volumen de negocio mundial neto de la empresa, sobre la base de orientaciones que emitirá la Comisión Europea.

El paquete Omnibus I marca así un punto de inflexión en la arquitectura europea de sostenibilidad corporativa. Mientras las instituciones comunitarias subrayan la necesidad de equilibrio entre ambición regulatoria y competitividad económica, el debate sobre el alcance real de estas reformas y su impacto en la rendición de cuentas empresarial previsiblemente continuará durante la fase de transposición nacional.