La situación de emergencia sanitaria existente en España y en el conjunto de países europeos, ha llevado a los diferentes Gobiernos a la adopción de un conjunto de medidas extraordinarias en el intento de controlar y reducir la propagación de la pandemia, entre las que de forma generalizada se ha encontrado, con independencia de su duración en el tiempo, el cierre de las actividades económicas y de servicios, así como al confinamiento de la población y de la gran mayoría de trabajadores considerados no esenciales.
Como consecuencia de ello, la gran mayoría de organismos públicos encargados de las tramitaciones vinculadas con la actividad de transporte, así como talleres, centros de Inspección Técnica de Vehículos y Centros de Formación, entre otros, se han encontrado cerrados y sin actividad durante largos periodos de tiempo, lo que ha implicado que numerosas gestiones vinculadas a la actividad del transporte por carretera se hayan visto paralizadas o imposibilitadas en su realización.
Consecuencia de todo ello, durante semanas, en muchos países comunitarios no han podido realizarse los trámites relativos a las renovaciones de permisos de conducir, de las tarjetas de tacógrafo, de certificados CAP o ADR, renovación de Licencias Comunitarias o Certificados de Conductor de terceros países, así como la realización de inspecciones técnicas obligatorias de vehículos o de sus equipos y elementos obligatorios tales como aparatos tacógrafo, limitadores de velocidad y otros esenciales para el desarrollo de la actividad de transporte.
Por ello, una vez más a nivel nacional y de forma descoordinada, cada Estado unilateralmente ha ido adoptando disposiciones estableciendo moratorias para garantizar la continuidad del transporte, ampliando los plazos de validez de los certificados, documentos o autorizaciones de modo que, una vez iniciadas las fases de desescalada en numerosos de ellos, puedan comenzar a realizarse los trámites de renovación o realización de todos estos trámites.
Así, por ejemplo, en relación a la revisión ITV de los vehículos caducadas Italia permitirá la circulación hasta el 31 de octubre, Portugal ha establecido una prórroga de cinco meses, Bélgica de seis o Francia simplemente de 15 días. Respecto a los ertificados CAP de conductores profesionales, Francia amplía su validez durante seis meses más una vez finalizado el estado de emergencia, Italia amplía su validez hasta el 30 de junio o Bélgica hasta el 30 de septiembre. En cuanto a las renovaciones de permisos de conducir, Italia ha acordado una extensión de su validez hasta el 31 de agosto, Bélgica hasta el 30 de septiembre y Francia únicamente ha establecido un margen de tolerancia de 15 días en determinadas situaciones, una vez que se encuentran abiertas las estaciones ITV. En definitiva, una disparidad de situaciones, plazos y prórrogas incongruentes entre sí en cada uno de los Estados que conforman la Unión Europea.