Esta normativa modifica el Reglamento de Ejecución 2019/2072 que recoge la lista de plagas, prohibiciones y requisitos para la introducción y el traslado en la UE de vegetales, productos vegetales y otros objetos, y deroga las decisiones 98/109/CE y 2002/757/CE y los reglamentos de Ejecución 2020/885 y 2020/1292.
La modificaciones se producen, según el texto, para tener en cuenta la información científica y técnica disponible sobre plagas de los Estados miembros, la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA) y la Organización Europea y Mediterránea para la Protección de las Plantas (OEPP).
El nuevo reglamento, que será aplicable a partir del 11 de abril de 2022, incluye como plaga cuarentenaria con presencia en el territorio de la UE a la Anoplophora glabripennis (Motschulsky), un escarabajo nativo de Asia que afecta a árboles de hoja caduca que está presente en Italia, donde su erradicación ya no es factible, por lo que este país ha solicitado un régimen de contención.
Sobre España, la CE informa de que tras un análisis que se realizó en este país del escarabajo ambrosial Euwallacea sp. y otros de la OEPP ha procedido a que se mencione de manera específica en la lista de plagas de cuya presencia no se tiene constancia en el territorio comunitario.
También, que tras una evaluación del riesgo de plagas realizada por España, las fichas de vigilancia de la EFSA y los datos interceptados, es necesario establecer requisitos especiales para la introducción de determinados vegetales desde países terceros por si hospedan Bactrocera dorsalis (Hendel), Bactrocera latifrons (Hendel), y Bactrocera zonata (Saunders).