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Logística

Impugnada la ley de la cadena del transporte

Impugnada ante el Tribunal Constitucional la nueva Ley de Cadena del Transporte que regula la formalización por escrito de los servicios de transporte y la prohibición de su contratación a pérdidas.

Profunda sorpresa ha causado en el sector del transporte por carretera la decisión del Grupo Parlamentario de VOX de plantear un recurso de inconstitucionalidad contra la reciente Ley de Cadena del Transporte, cuestionando la legalidad de las principales medidas regulatorias contenidas en dicha Ley cuyo objetivo era reequilibrar las relaciones comerciales entre los transportistas y sus clientes.

Como se recordará, el pasado mes de Agosto el Gobierno aprobó el Real Decreto-Ley 14/2022 de medidas de sostenibilidad económica en el sector del transporte, fruto de los acuerdos alcanzados el pasado mes de Julio entre el Ministerio de Transportes y las organizaciones que componen el Comité Nacional de Transporte por Carretera, que entre otras, incluía la denominada Ley de Cadena del Transporte.

La nueva Ley, pionera en todo el ámbito de la Unión Europea, recoge algunas reivindicaciones históricas del sector, especialmente del colectivo de transportistas de base, como son la generalización de la formalización por escrito de los servicios de transporte así como la prohibición de su contratación, con el objetivo de proteger al último eslabón de la cadena de transporte, esto es, al transportista efectivo, emulando así los principios de la Ley de Cadena Alimentaria existente en el sector agrario.

 

 

Sin embargo, al entender del Grupo Parlamentario que ha planteado el recurso, las nuevas medidas legislativas aprobadas “afectan a la libertad de empresa”, ya que a su entender la actividad empresarial de transporte debe ejercerse en todo momento “en libre competencia y sin imposiciones sobre las decisiones empresariales”

 

En todo caso, aunque el recurso planteado ha sido admitido recientemente a trámite por el Tribunal Constitucional, por haber cumplido todos los requisitos formales exigidos, sin embargo en ningún caso dicha admisión afecta a la plena vigencia de la norma, la cual no quedará suspendida en ningún caso por el recurso planteado,  En este sentido, FENADISMER considera que no habrá un pronunciamiento sobre su contenido por parte del Alto Tribunal hasta que transcurran varios años, en base al considerable retraso judicial que sufre la alta institución, ya que acumula casi medio centenar de cuestiones de inconstitucionalidad pendientes de resolver.