Logística

Gobierno aprueba planes de ayudas para adquirir vehículos nuevos

El Plan Renove 2020 permite adquirir vehículos propulsados con cualquier energía, incluido gasolina y diésel.

Dentro del Plan de impulso al sector de la automoción aprobado por el Gobierno el pasado mes de Junio  con el objetivo de reactivar y ayudar a dicho sector, se incluyen dos líneas de ayudas para la adquisición de vehículos, tanto para vehículos particulares como vehículos industriales y que están generando bastante confusión entre los interesados en acogerse a dichas ayudas, según las numerosas consultas que estos últimos días han llegado a FENADISMER.

 

Ante todo, debe quedar claro que ambas líneas de ayudas son incompatibles entre sí, por lo que antes de adquirir un vehículo habrá que valorar cual resulta más interesante económicamente y asimismo comprobar si existen fondos disponibles en cada una de ellas cuando se vaya a hacer la operación. De una parte, está el Plan MOVES II, dependiente del Ministerio de Transición Ecológica y con un presupuesto de 100 millones, concebida para adquirir vehículos propulsados con energías alternativas, y cuya gestión lo llevarán a cabo las Comunidades Autónomas para lo que deberán aprobar en las próximas semanas en sus ámbitos territoriales las correspondientes convocatorias de ayudas, y por otra parte está el Plan RENOVE 2020, gestionado por el Ministerio de Industria y con una asignación de 250 millones, y al que se pueden acoger todo tipo de vehículos sea cual sea la energía de propulsión.

 

Plan RENOVE 2020

 

Las ayudas deben destinarse a la adquisición directa o a la adquisición por medio de operaciones de financiación por leasing financiero o arrendamiento por renting de un vehículo nuevo (con un contrato superior a 2 años), que deberá adquirirse y estar matriculado en España a partir del 15 de junio de 2020, inclusive, pero también se permite de un vehículo seminuevo, que deberá ser previamente titularidad de un concesionario y matriculado en España a su nombre con fecha posterior al 1 de enero de 2020

 

En el caso de adquirir un turismo o una furgoneta o camión hasta 3.5 tns deberá ser al menos de la categoría medioambiental C, obligando a achatarrar un vehículo de al menos 10 años de antigüedad, con ITV en vigor y cuya titularidad sea del beneficiario de la ayuda o de un familiar de primer grado, y no haya cambiado en el último año. Tal obligación de achatarramiento no se exige en el caso de adquirir un camión o autobús. Estas ayudas se limitan a un beneficiario por persona física o 30 en el caso de personas jurídicas