Logística

DGT levanta las restricciones a camiones por el nuevo estado de alarma

Tras la finalización del estado de alarma a finales de Junio, la DGT restableció la totalidad de las restricciones a la circulación a camiones en las carreteras españolas aprobadas antes de la crisis sanitaria.

Como se recordará, tras tres meses durante la primavera pasada en los que el sector del transporte de mercancías pudo “disfrutar” del levantamiento temporal de las restricciones a la circulación para favorecer el desarrollo de su actividad durante la crisis sanitaria, el fin del estado de alarma a finales del mes de Junio trajo como consecuencia inmediata el restablecimiento de las mismas, tal y como fueron establecidas mediante la Resolución de la Dirección General de Tráfico del pasado mes de Enero, esto es, antes de la pandemia,

Ante tal decisión, Fenadismer planteó a la Dirección General de Tráfico que derogara las restricciones a la circulación de camiones previstas en la Resolución vinculadas a los diferentes acontecimientos o fechas festivas habidos durante el verano que, si bien en condiciones normales pueden aconsejar la limitación de la circulación de camiones por incrementarse de forma importante la circulación de vehículos privados, sin embargo la cancelación de la práctica totalidad de los actos festivos y la drástica reducción de los movimientos turísticos durante estos meses, como consecuencia de la crisis sanitaria, hace ilógico mantener las restricciones.

Consciente de dicha situación excepcional, y coincidiendo con la nueva declaración de estado de alarma y los consiguientes confinamientos perimetrales establecidos por la mayoría de las Comunidades Autónomas, la DGT ha decidido levantar las próximas restricciones a camiones previstas para los dos próximos fines de semana, coincidiendo con el Puente de Todos Los Santos y el Puente de la Almudena, la cuales afectaban principalmente a las carreteras radiales de Madrid y las de conexión con la frontera protuguesa.

De este modo, se permite la circulación de vehículos de más de 7,5 tns de MMA, vehículos especiales y transportes especiales, que no estarán sometidos a las restricciones habituales, entre el viernes 30 de octubre y el lunes 9 de noviembre de 2020. No obstante, este levantamiento temporal de las restricciones a la circulación no afectará a los transportes de Mercancías Peligrosas (ADR) que seguirán estando sometidos a las restricciones habituales y a la obligatoriedad de transitar por la Red RIMP.

En todo caso, Fenadismer recuerda que el levantamiento decretado por la DGT solo afecta a las carreteras que son de su competencia, por lo que las restricciones decretadas por los Departamentos de Tráfico de Cataluña y del País Vasco se mantienen vigentes, por lo que Fenadismer confía en que en próximas fechas decidan asimismo levantarlas por existir los motivos que han llevado a la DGT a adoptar dicha medida.