La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, considera a estas personas responsables de un delito de incendio forestal, por imprudencia grave, cometido en época de máximo riesgo.
Se considera probado que los acusados se encontraban la mañana del día 13 de junio de 2016, en el Paraje «Candón» de San Juan del Puerto donde el primero de ellos era titular de la parcela agrícola «La Palmera».
En dicho lugar y con el fin de limpiar y desbrozar el terreno y quemar los restos de una «huerta», los acusados apilaron y prendieron en varios momentos y en un montón, los restos que habían recogido.
Para ello no habían pedido autorización de la administración, que por la fecha y ser zona de influencia forestal, no podía concederse. Además, se ausentaron del lugar sin dejar vigilancia, ni haber hecho cortafuegos; extendiéndose el fuego sobre las 13.50 horas, por la falta de diligencia y cuidado al terreno forestal colindante situado a unos 60 metros.




















