Los fondos de inversión cambian el ladrillo por las fincas rústicas. Más de 15.400 fincas rústicas han cambiado de manos en mayo y más de 13.400 fincas en junio, según datos del Instituto Nacional de Estadística.
Mucho movimiento en estos meses y gran parte de este movimiento se debe a la entrada de los fondos de inversión en el sector agroalimentario.
«El número de fondos que invierten en el sector agroalimentario se ha multiplicado por quince en los últimos 15 años, hasta alcanzar una cifra superior a 700 en 2020«, señala la consultora CBRE en su informe el Agribusiness en la Península Ibérica.
Y eso que hace 10 años había dudas de invertir en el agro por ser una actividad «volátil y de alto riesgo pero ahora se ha producido un cambio de mentalidad y paradigma», expone la consultora.
El interés reside «en la simplicidad de esta clase de activos pero ahora se ha demostrado que existen fundamentos sólidos que justifican el interés de los inversores en este sector», expone la consultora.
El informe desvela cinco argumentos de la elección de España y Portugal: calendario, incremento de la demanda, disponibilidad de terrenos con riego, calidad del producto y datos económicos sólidos.
Operaciones habituales
El tipo de operaciones que se produce entre el fondo de inversión y los propietarios son contratos de arrendamiento o gestión de terrenos y no operaciones de venta del terreno, debido a la escasa disponibilidad de propiedades en venta.
La vigencia actual del contrato entre el fondo de inversión y los tenedores del suelo agrícola suele ser 25 años y las propiedades destinadas a una nueva explotación con infraestructuras de riego pueden alcanzar los 25.000 euros por hectárea en cultivo permanentes de plena produccion en zonas como la Alqueva en Portugal.
Una entrada habitual son operaciones de venta o sale & leaseback de activos o carteras, o la introducción de un nuevo socio capitalista, que se convertirá en nuevo accionista y destinará más fondos a la consecucción de objetivos de expansión o adquisición en el futuro.
La vigencia actual del arrendamiento es de 20-25 años, por lo general, en las operaciones que se hacen en España.