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Los representantes del regadío en las cuencas andaluzas, en tela de juicio

La Asociación de Comunidades de Regantes de Andalucía (Feragua) acusa a la consejería de Medio Ambiente de invertencionismo en la designación de los representantes del regadío en las cuencas andaluzas del Litoral.

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La asociación Feragua ha presentado un recurso contencioso administrativo contra la Orden de 31 de mayo de 2007, por la que la Consejería de Medio Ambiente aprueba los procedimientos y criterios de elección de miembros en los órganos de gobierno y de gestión de las cuencas andaluzas. Feragua acusa a la Consejería de Medio Ambiente de querer practicar con esa orden “un intervencionismo antidemocrático” en la designación de los representantes del regadío, al arrogarse la potestad de elegirlos directamente si previamente no existe un acuerdo unánime entre todos los usuarios. “Es intolerable que se nos exija unanimidad y no una mayoría, aunque sea amplia, y más intolerable es aún que se haga completamente imposible esa unanimidad al negársenos el censo de usuarios”, explica el secretario general de Feragua, Pedro Parias, que se pregunta “cómo vamos a ponernos de acuerdo, si no tenemos censo y no sabemos con quiénes tenemos que ponernos de acuerdo”.

Feragua recurre además la Orden porque resta participación a los usuarios y no garantiza el principio de representación en función del interés en el uso del agua. Así, y en contra de lo anunciado, introduce dentro de los órganos de gestión a diferentes organizaciones socio-económicas (sindicatos, vecinos, consumidores), con poca experiencia e interés indirecto en la gestión hídrica en alta, lo que hace a costa de la participación de los usuarios que gestionan el agua directamente, y no precisamente de las administraciones públicas. Feragua no se opone a la inclusión de estos otros agentes, siempre que no vaya en detrimento de los usuarios y gestores de agua.

Por lo que se refiere al principio de representación, los regantes consideran que no queda suficientemente concretado en la Orden qué criterio va a seguir la Consejería para designar a los representantes del regadío si no existe la mencionada unanimidad previa. “La Orden habla de criterios de proporcionalidad en función de los derechos al uso del agua, pero no especifica si se refieren a volumen, a superficie, o a qué”, explica Pedro Parias, que desconfía de esa ambigüedad, y la ve como “otra puerta abierta más para el intervencionismo gubernamental”.

La asociación más representativa del regadío andaluz defiende asimismo que una reforma de este tipo tendría que haberse acometido a través de un Decreto de Consejo de Gobierno de forma consensuada con los usuarios, y nunca a través de una Orden, cuestionando que la Consejería de Medio Ambiente sea competente para aprobar un texto de este calado, cuyo contenido es “claramente normativo o reglamentario y no se limita a aplicar normas preexistentes, sino que crea normas, incluso sin referencia previa”.

Feragua, que aglutina hoy a cerca de 300.000 Has del regadío andaluz, tiene representación en todas las provincias andaluzas salvo Almería, estando en conversaciones en estos momentos con el regadío de esta zona, que ha mostrado su interés en adherirse a este recurso contencioso-administrativo en defensa de la participación de los usuarios en la gestión hídrica. Asimismo, Feragua ha demandado la intermediación de la Consejería de Agricultura y Pesca, que en otras ocasiones ha defendido con firmeza y acierto los intereses del regadío incluso frente a otras instancias del Ejecutivo andaluz.

Aunque el recurso contencioso administrativo y las alegaciones presentadas en su momento a la Consejería de Medio Ambiente se fundamentan principalmente en los argumentos citados, la oposición de Feragua al texto de la Orden es más profunda y alcanza la propia reestructuración de los órganos de gestión propuesta por la Orden, que ha eliminado los cuatro órganos existentes hasta ahora (Asamblea de Usuarios, Junta de Explotación, Comisión de Desembalse y Junta de Obras), reemplazándolo por uno sólo, denominado Comité de Gestión, al que le confiere algunas de las atribuciones de los anteriores, que no todas. El regadío andaluz considera estrictamente necesario el mantenimiento de la Asamblea de Usuarios, órgano que reúne a los usuarios de la Cuenca y en el que se elige a sus representantes de acuerdo a criterios objetivos y razonables, se informa de los presupuestos anuales de ingresos y gastos de la Juntas de Explotación, se debate la Memoria Anual del Organismo de Cuenca y se conocen las cuestiones que se susciten entre dos o más Juntas de Explotación. Igualmente considera imprescindible la constitución de las Juntas de Explotación donde se informan de las tarifas de riego, y de la Comisión de Desembalse, donde se deciden las dotaciones de riego cada año. Tampoco ve con buenos ojos el regadío andaluz que sean los delegados de Medio Ambiente los que presidan los órganos de gestión de las Cuencas, en lugar de altos funcionarios de la administración hidráulica con la debida capacitación técnica y mérito profesional. Feragua considera que dejar estos órganos en manos de responsables políticos vinculados a intereses territoriales provinciales y sin una mínima preparación en materia de gestión hidráulica, es tanto como “introducir en la gestión del agua la semilla de la politización, la ineficacia y la confrontación entre provincias”.