En esta orden se recoge que las ayudas serán para los titulares de las explotaciones con pólizas en vigor amparadas por el Plan de Seguros Agrarios Combinados y ubicadas en las zonas que ya se delimitaron en órdenes anteriores.
Para acogerse a estas subvenciones, se tienen que acreditar pérdidas superiores al 30 % de la producción, con arreglo a los criterios de la Unión Europea.
Se pueden conceder ayudas de hasta un máximo de un 70 % de los daños ocasionados.
El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente ha cifrado la dotación de estas ayudas en 6,5 millones de euros.





















