La Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación destinará un millón de euros para el fomento de la jubilación anticipada de los agricultores y trabajadores agrícolas.
El objetivo de esta medida es facilitar el relevo generacional en el campo, mediante la incentivación del acceso de las nuevas generaciones a la actividad agraria, como medida para asegurar la continuidad de las explotaciones y mantener una actividad económica que garantice un desarrollo sostenible de las zonas rurales.
A esta disposición se podrán acoger los titulares de explotaciones agrarias que cesen definitivamente en la actividad agraria. Asimismo, pueden acogerse los trabajadores de las explotaciones cuyos titulares también finalicen la citada actividad.
Los principales requisitos que han de cumplir los beneficiarios son tener 55 años de edad y haber ejercido la actividad agraria durante los diez años anteriores. Además, deben haber cotizado a la Seguridad Social y estar al corriente de las obligaciones fiscales.
La indemnización que perciba el agricultor que haya solicitado la jubilación anticipada alcanzará los 8.716,18 euros anuales si tiene cónyuge a su cargo, y 7.036,97 euros si no lo tiene.
Además, ingresará una prima anual complementaria de 106,18 euros por hectárea tipo que transmita o ceda de la explotación, sin exceder de 3.000 euros por beneficiario.
Si el cedente transmite en propiedad el 100% de su propiedad en la explotación, percibirá un 20% más en la prima anual complementaria por cada hectárea tipo.
Asimismo, los trabajadores que se acojan a las ayudas, percibirán una indemnización anual de 3.545,40 euros. Podrán cobrarla hasta alcanzar la jubilación definitiva y como máximo hasta el día en que cumplan los 65 años de edad. Sólo se concederá indemnización a un trabajador por explotación, teniendo preferencia los trabajadores por cuenta ajena sobre los familiares.
De esta manera, recibirán ayudas por jubilación anticipada los agricultores de mayor edad que cesen en su trabajo agrario y transmitan su explotación, fomentando la incorporación de otros agricultores más jóvenes que puedan mejorar la viabilidad económica de la explotación a la que acceden.
Tendrán prioridad aquellos que cedan sus tierras a una entidad de cultivo y explotación en común, o a los que la traspasen a un joven agricultor que se dedique, por primera, vez a la actividad agraria.
La explotación agraria de los agricultores que pueden acogerse a la jubilación anticipada ha de reunir ciertos requisitos. Ha de tener una dimensión mínima de 12 hectáreas tipo y no deberá utilizar más de dos unidades de trabajo asalariado, ni sobrepasar la aportación de mano de obra familiar.
Por su parte, los agricultores que accedan a las explotaciones agrarias deberán ser menores de 50 años y poseer un nivel de capacitación profesional suficiente, así como estar dados de alta en el Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social o en el de trabajadores por cuenta propia o autónomos.