Con esta medida, aparte de favorecer el reconocimiento de la cotitularidad de las mujeres rurales andaluzas, se contribuye «a dotarlas de mayor visibilidad y poner de relieve su papel en la actividad agraria», tal y como estipula la Ley de titularidad compartida, aprobada por el Congreso el pasado mes de septiembre, ha informado en una nota la Consejería de Agricultura.
La Orden regula el procedimiento establecido para acreditar la condición de agricultor o agricultora profesional y establece, además, cómo acreditar un nivel suficiente de capacitación agraria, la experiencia profesional, la edad -comprendida entre 18 y 64 años-, residir en la comarca donde radica la explotación o en terrenos limítrofes, y estar dado de alta en el régimen especial agrario de la Seguridad Social o en el especial de trabajadores por cuenta propia o autónomos en función de su actividad agraria.
La Ley de la Titularidad Compartida reviste una especial importancia en el caso de Andalucía, comunidad autónoma que encabeza el número de «agricultoras invisibles».
Se podrán beneficiar más de 13.600 mujeres del reconocimiento económico y social como trabajadoras en el mundo rural, de forma que gracias a esta ley las agricultoras se incluirán en el registro de la Seguridad Social, de forma que puedan beneficiarse, al igual que los agricultores, de todas sus prestaciones.
Por tanto, las agricultoras podrán acceder a la jubilación, como cualquier persona trabajadora, a los derechos y beneficios generados en las tierras trabajadas, a la cobertura laboral en caso de accidentes o enfermedades y a la formación especializada.





















