Según ha apuntado el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente en un comunicado, para los productos agrícolas y ganaderos se establecen los mismos índices aplicables en 2014 y, además, se prorroga para 2015 la reducción del 5 por ciento sobre el rendimiento neto de módulos, fruto de los acuerdos alcanzados en la Mesa de Trabajo Autónomo, ya aplicada en los ejercicios 2009 a 2014.
El Boletín Oficial del Estado publicaba el pasado sábado la Orden ministerial por la que se desarrollan, para el año 2015, el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido, donde se presentan estas novedades.
Sobre el regadío, y para reducir el impacto que la subida en la tarifa de la energía eléctrica, se establece un nuevo índice corrector por cultivos en tierras de regadío que la utilicen a tal efecto.
"Este índice lo podrán aplicar los agricultores que rieguen sus fincas utilizando la energía eléctrica y que concentran el gasto en determinadas épocas del año", según el Ministerio y, así, "el índice corrector aprobado es el 0,80. Este también será de aplicación al período impositivo 2014.
Para los productos agrícolas y ganaderos, ha resaltado el Departamento se establecen los mismos índices aplicables en 2014, incluyendo la rebaja de los módulos de las producciones de tabaco, uva de mesa y flor cortada y planta ornamental.
Se prorroga para 2015 la reducción del 5 por ciento sobre el rendimiento neto de módulos, consecuencia de los acuerdos alcanzados en la Mesa de Trabajo Autónomo, ya aplicada en los ejercicios de 2009 a 2014.
"Se trata de una medida horizontal que afecta a la totalidad de los agricultores y ganaderos que tributen en estimación objetiva, cuyo efecto global es mayor que cualquier reducción de módulos específicos" y supone una minoración de la base imponible de los agricultores de más de 100 millones de euros.
Adicionalmente, se mantiene una reducción del 20 por ciento para las actividades económicas desarrolladas en 2015 en el municipio de Lorca (Murcia), aplicable sobre el rendimiento neto de módulos en el régimen de estimación objetiva del IRPF y sobre las cuotas devengadas en el régimen del IVA simplificado.