Según la Orden AAA/278/2016 publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE), las producciones asegurables son las de naranja, mandarina y sus híbridos, lima, limón y pomelo, así como los plantones de cítricos durante la fase de desarrollo previa a la entrada en producción.
Los riesgos cubiertos son el pedrisco, riesgos excepcionales (fauna silvestre, incendio, inundación y lluvia torrencial), helada, viento y resto de adversidades climáticas.
En las explotaciones con parcelas en más de una comarca, la normativa precisa que se podrá hacer más de una declaración de seguro (máximo una por comarca), siempre y cuando cada una de ellas tenga más de 100.000 euros de valor de producción asegurado en el Seguro Principal y se contraten en módulos distintos.
Añade que la garantía sobre las instalaciones presentes en la parcela tendrá un carácter opcional, pero en caso de que se opte por esta posibilidad, deberán asegurarse todas las instalaciones del mismo tipo.





















