La Subdelegación del Gobierno en Almería ha resuelto denegar la autorización solicitada por las organizaciones agrarias COAG y ASAJA para realizar una concentración en el Paseo de Almería a partir de las 11 horas del martes día 17 del presente mes de junio, al considerar que durante la concentración podían producirse alteraciones del orden público con peligro para personas o bienes.
«De acuerdo a lo establecido por la Ley, y teniendo en cuenta los hechos acontecidos en manifestaciones promovidas en días anteriores por los mismos convocantes, antes de adoptar una decisión sobre el partiocular», la Subdelegación del Gobierno asegura que ha solicitado informes al Ayuntamiento de Almería y a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.
La Comisaría Provincial de Policía en Almería ha emitido un informe poniendo de relieve que en la concentración convocada por las mismas organizaciones agrarias ante la Delegación de Hacienda de Almería se produjeron una serie de incidentes graves originados por un grupo de participantes que, manifiestamente, agredieron a la Policía encargada de proteger el edificio público, produciendo heridos y desordenes públicos, así como daños en propiedades privadas y en el mobiliario urbano.
Como consecuencia de esos hechos, «se ha generado un ambiente de tensión que se ha visto incluso agravado por las declaraciones efectuadas posteriormente por los dirigentes de las Organizaciones Agrarias convocantes, quienes lejos de contribuir a normalizar la situación y conducir acciones reivindicativas por una vía pacífica, han contribuido a aumentar el nerviosismo en el sector agrario», precisa en un comunicado oficial la subdelegación del Gobierno en Almería.
Por otra parte, se han tenido en cuenta sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en las que se indica que el derecho de reunión alberga como limitación a su ejercicio el respeto al concurrente derecho de los demás ciudadanos y a la preservación de sus personas y bienes, siendo este elemento fundamental en el ejercicio y disfrute de los derechos constitucionalmente amparados.
También señala el TSJA que La protección anticipada de derechos e intereses concurrentes integra el fin perseguible por la decisión de la autoridad gubernativa, con la necesaria utilización de un razonamiento prospectivo, en que aparezcan como factores primordiales la correcta valoración de las circunstancias existentes que puedan estimarse indiciarias de una situación latente de riesgo para las personas o los bienes, con relación a una posible alteración del orden público, así como también la necesaria ponderación del efecto que, sobre dicha situación latente, puedan tener las medidas de seguridad previstas por los organizadores del acto o solicitadas por los mismos de la autoridad gubernativa.
Entre tanto, las organziaciones agrarias han convocado para estar tarde una rueda de prensa en la que comunicarán su decisión tras la prohibición de la subdelegación del Gobierno.