Estas aeronaves pilotadas por control remoto (RPAS) serán un «complemento» y «alternativa» a los actuales tratamientos terrestres de fitos y a los aéreos desde aviones o helicópteros, estos últimos prohibidos tras la entrada en vigor del RD 1311/2012, que solo se autorizan en casos excepcionales por las Administraciones.
Recalcan, no obstante, en una entrevista con Efeagro, que «también los drones» están sujetos a dichas autorizaciones, porque este decreto define como aplicación aérea la realizada «desde una aeronave, bien sea un avión, un helicóptero o cualquier otro medio aéreo que pudiera surgir por los avances científicos o tecnológicos».
Algunas de las claves que favorecerán el desarrollo de la aplicación de fitosanitarios con drones es que «apenas hay deriva», la aplicación se realiza a escasa altura, muy cerca del cultivo, y eso es una gran ventaja, así como el tratamiento preciso y localizado (por GPS), por el ahorro de costes.