La sentencia del Tribunal se refiere a una decisión del Consejo (países de la UE) de marzo de 2012, relativa a la conclusión de un acuerdo para la liberalización comercial recíproca entre los Veintiocho y Marruecos, en el ámbito de los productos agrícolas y pesqueros.
Los jueces europeos consideran que el Consejo (países de la UE), cuando examinó los elementos en relación con el acuerdo, «debía asegurarse el mismo de que no había indicios de una explotación de los recursos naturales del territorio del Sahara occidental bajo control marroquí que pudiera hacerse en detrimento de sus habitantes y en violación de sus derechos fundamentales».
Se debería haber hecho así, indica la sentencia, «teniendo en cuenta el hecho de que la soberanía de Marruecos sobre el Sahara occidental no está reconocida por la UE y sus Estados miembros ni por la ONU, y la ausencia de un mandato internacional susceptible de justificar la presencia marroquí en ese territorio».
En ese sentido, añade el fallo judicial, el Consejo «no puede limitarse a considerar que es el Reino de Marruecos el que debe asegurar que ninguna explotación de esa naturaleza tiene lugar».
La Corte ha concluido asimismo que, dado que el Frente Polisario está «directa e individualmente concernido» por la decisión en cuestión, «no hay duda en cuanto a la admisibilidad del recurso, contrariamente a lo que hacen valer el Consejo y la Comisión».
La organización Western Sahara Resource Watch valoró la decisión de los jueces europeos, que consideró «un hito en la historia de la ocupación del Sahara occidental», y una «buena noticia» para la población saharaui.
«Si la UE quiere negociar con los productos del Sáhara Occidental, tiene que consultar primero a la población de ese territorio, no a Marruecos», señaló la organización.
«Esta sentencia demuestra lo claro que es el caso del Sahara Occidental desde el punto de vista legal. Ni Marruecos ni la UE tienen el derecho de explotar los recursos», añadió.