Podrán beneficiarse titulares de explotaciones que, teniendo pólizas amparadas por el Plan de Seguros Agrarios Combinados, hayan sufrido pérdidas que no sean "asegurables" ni por el sistema público ni por otro privado, según la orden del Ministerio del Interior, publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Las ayudas tendrán un importe máximo de 8.000 euros por declaración y compensarán a los productores perjudicados por los daños de las inundaciones y otros efectos de los temporales de lluvia, nieve y viento acaecidos en enero, febrero y marzo de 2015.
Cubrirán, entre otros, daños relacionados con la reposición de tierra por pérdida de la capa arable; bancales, terrazas, muros y otros elementos de formación de las parcelas y de freno de la erosión; en acequias, canales y compuertas; caminos de acceso a las instalaciones; depósitos de combustible o redes eléctricas.
La cuantía de la subvención podrá ascender hasta un 70 por ciento de las pérdidas no asegurables, descritas en un informe de un perito colegiado, hasta un máximo de 8.000 euros, sin que en ningún caso la suma de esta ayuda y cualquier otra indemnización "supere el valor del perjuicio producido", según la orden.
Por otro lado, el Gobierno ha publicado otra orden que establece los municipios que se podrán acoger a estas ayudas y a otras medidas de apoyo aprobadas en el Real Decreto de marzo para paliar los efectos de los temporales e inundaciones.