En el caso del calabacín se continúa con la aplicación del acuerdo de establecimiento de Normas de Calidad, por lo que se mantiene la no comercialización de las segundas categorías de este producto. A la vista de la situación de ambos productos, berengena y calabacín, la Interprofesional debe asumir su función para el fomento de la mejora de la calidad, por lo que se aplicará la Norma de Calidad aprobada por la propia organización y se controlará el cumplimiento de dicho acuerdo por medio de los mecanismos establecidos al efecto.
Nacional Abr 2009