La sentencia indica que el Juzgado declaró como hechos probados que éstos se produjeron en una finca ubicada en Alhama de Murcia el tres de agosto de 2009, cuando el acusado accedió a la misma y llenó su vehículo con los melones. Estos, añadía la sentencia, «no pudieron recuperarse, ya que, tras ser recogidos, no eran aptos para su comercialización». El juez condenó al denunciado, como autor de una falta de hurto, a la pena de multa de treinta días, con una cuota diaria de tres euros, y a pagar indemnizaciones que sumaban 1.440 euros.
La resolución fue recurrida por el acusado, quien alegó que los hechos, en todo caso, serían constitutivos de una falta de hurto, pero en grado de tentativa, además de exponer que los melones de los que se apoderó no superarían la quincena y no se había comprobado que estuvieran dañados y se hubiera imposibilitado su venta.





















