Así lo dispone una sentencia dictada por un Juzgado de Primera Instancia de Cieza (Murcia), que estima así la demanda que en nombre de estas perjudicadas presentó el abogado Raúl Pardo-Geijo Ruiz al no estar conforme con las indemnizaciones que les habían sido reconocidas por Agroseguro y que solo se elevaban a 6.300 euros.
Para fijar esta última cantidad, la entidad aseguradora alegó la aplicación de la estipulación prevista para el caso de que una finca cambie total o parcialmente de titular, y que prevé que en ese caso para el cálculo del histórico de rendimientos de la explotación se asignará el histórico de cada parcela a su titular.
Añade la sentencia que, en este caso, las fincas habían estado aseguradas a nombre de sus cónyuges, cambiando posteriormente de titularidad.
El Juzgado, que se remite a dos sentencias dictadas por la Audiencia Provincial de Murcia, señala que "ninguna razón asiste a la demandada para mantener su oposición a la demanda", y que las diferencias de interpretación sobre esa cláusula deben ser resueltas en beneficio del asegurado.
"Agroseguro, como entidad especializada, dedicada al seguro agrario, estaba en disposición, en caso de cambio de titular, de consultar el histórico de rendimientos asignados a cada parcela y, en consecuencia, probar que el rendimiento declarado por el asegurado se correspondiese con el asegurado, para efectuar, en su caso, la limitación de rendimientos, pero, siempre, previamente a la producción del siniestro", afirma.
La sentencia condena a la entidad demandada a pagar, además de las sumas que se reconocen a las demandantes, los intereses correspondientes y las costas del proceso.