El valor de los nuevos derechos de pago se establece sobre la base de una referencia regional, donde el periodo histórico de referencia básico es la campaña 2013.
En la Región de Murcia, un total de 12.900 productores pueden consultar ya su asignación definitiva a través de la oficina virtual de la Consejería de Agua Agricultura y Medio Ambiente (https://caamext.carm.es/oficinalvirtual), en la web del FEGA (www.fega.es), y, de forma presencial, en las Oficinas Comarcales Agrarias y en la Consejería.
El número máximo de derechos de pago básico que puede asignarse a cada titular es igual al número de hectáreas admisibles que haya declarado en la solicitud de ayuda de 2015, siempre y cuando no sea mayor que las incluidas en su solicitud de 2013, en cuyo caso, se le asigna igual número de hectáreas que en ese año de referencia.
No obstante, a efectos del número final de derechos, se tienen en cuenta las transmisiones de explotación entre productores que hayan tenido lugar en las campañas 2014 y 2015, con la consiguiente cesión del número de hectáreas admisibles declaradas en la solicitud de 2013.
Por otra parte, en el caso de que el solicitante haya sido identificado como pequeño agricultor, y se haya comunicado específicamente dicha circunstancia durante el pasado mes de octubre, es necesario tener en cuenta que el importe que figura en esta comunicación corresponde únicamente al régimen de pago básico. Este tipo de solicitantes pueden consultar además el resto de importes que conforman su pago completo estimado como pequeño agricultor (pago verde, ayudas acopladas y pago complementario a jóvenes).
Asimismo, en sucesivas campañas, la solicitud única del pago básico por parte de los productores adscritos al régimen de pequeños agricultores consistirá únicamente en una confirmación anual.
En los casos en los que la asignación de derechos proceda de la Reserva Nacional, los productores afectados podrán efectuar sus consultas a partir de la próxima semana.
Aquellos productores que estén en desacuerdo con los importes o con el contenido de la información consultada podrán presentar alegaciones y aportar los documentos que consideren oportunos, a partir del momento de efectuar la consulta durante el procedimiento de gestión de ayudas. Estas alegaciones serán resueltas en la Orden de pago/denegación de ayuda que pone fin al procedimiento.
Contra dicha Orden resolutoria cabrá interponer recurso de reposición ante la Consejera de Agua, Agricultura y Medio Ambiente en el plazo de un mes o recurso ante la jurisdicción contencioso-administrativa en el plazo de dos meses.