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BOE recoge líneas de seguro para cítricos y hortalizas de Canarias

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado dos normativas con las condiciones de las líneas de seguros para las explotaciones españolas de cítricos y para las de hortalizas de la Comunidad de Canarias, que en ambos casos se podrán suscribir por los agricultores a partir del 1 de abril.

La Orden APM/281/2017 precisa las condiciones para solicitar el seguro de producciones con coberturas crecientes de variedades e híbridos de naranja, mandarina, limón, pomelo y lima de toda España.

La Orden APM/282/2017 se refiere a las condiciones para solicitar en Canarias el seguro para las producciones de acelga, achicoria, ajo, apio, aromáticas culinarias, batata, berenjena, berro, brócoli, calabacín, calabaza, canónigos, cebolla, cebolla lanzarote, cebolleta, col, col china, coliflor, chayota, escarola y espinaca.

Además, incluye a la frambuesa, fresa y fresón, habichuela (judía verde), lechuga, melón, ñame, papa, pepino, pimiento, piña de millo (maíz dulce), puerro, sandía, tomate, zanahoria, plantel de hortalizas, plantel de platanera y el resto de las hortalizas con aprovechamiento de hojas, raíz o fruto.