La Orden APM/282/2017 se refiere a las condiciones para solicitar en Canarias el seguro para las producciones de acelga, achicoria, ajo, apio, aromáticas culinarias, batata, berenjena, berro, brócoli, calabacín, calabaza, canónigos, cebolla, cebolla lanzarote, cebolleta, col, col china, coliflor, chayota, escarola y espinaca.
Además, incluye a la frambuesa, fresa y fresón, habichuela (judía verde), lechuga, melón, ñame, papa, pepino, pimiento, piña de millo (maíz dulce), puerro, sandía, tomate, zanahoria, plantel de hortalizas, plantel de platanera y el resto de las hortalizas con aprovechamiento de hojas, raíz o fruto.