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BOE publica la Orden sobre condiciones del seguro para el tomate de invierno

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado hoy la Orden ARM/1487/2010, de 4 de junio, por la que se definen las condiciones del seguro combinado y de daños excepcionales en tomate de invierno, comprendido en el Plan 2010 de Seguros Agrarios Combinados. Regula las producciones y los rendimientos asegurables, las condiciones técnicas mínimas de cultivo, el ámbito de aplicación, los periodos de garantía, las fechas de suscripción y los precios unitarios. Son asegurables todas las variedades de tomate de invierno susceptibles de recolección dentro del periodo de garantía establecido para cada opción o modalidad de cultivo. Quedan excluidas de la cobertura de este seguro las parcelas destinadas a experimentación o ensayo, en estado de abandono, producciones destinadas al autoconsumo o las que no utilicen la práctica del «entutorado».