Respecto a la cuantía de la ayuda, que será como máximo de 70.000 euros, consistirá en una prima por instalación o una prima por instalación más una bonificación de intereses. El plazo para presentar las solicitudes será de 3 meses.
Según refleja la Orden, entre los requisitos que deben reunir los interesados están los siguientes:
-Primero deben haber iniciado el proceso de instalación con anterioridad a la fecha de presentación de la solicitud. Esto significa que el candidato debe haber llevado a cabo diferentes acciones encaminadas a crear una empresa agraria, y que durante los 12 meses anteriores a la solicitud de la ayuda haya realizado cualquiera de las siguientes actuaciones:
• Haber formalizado precontratos, contratos de opción de compra o contratos para el acceso a la titularidad de una explotación agraria o derecho de uso de las tierras.
• Haber iniciado o recibido la formación necesaria.
• Tener realizado o presentado un Plan Empresarial
• Haberse inscrito en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores.
• Haberse afiliado en la Seguridad Social al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos correspondiente.
• Haberse integrado en una explotación asociativa de alguna de las formas jurídicas incluidas en la Ley 19/1995.
• Haberse asociado en una Sociedad Cooperativa Agraria o Sociedad Agraria de Transformación.
– Poseer la capacitación y competencias profesionales adecuadas. No obstante, se concederá un plazo máximo de tres años a partir de la fecha de notificación de la concesión de la ayuda para el cumplimiento de este requisito.
– Presentar un plan empresarial viable técnica y económicamente para la primera instalación en una explotación agraria.
Esta línea que se encuadra dentro del Programa de Desarrollo Rural andaluz de 2014-2020 dispone de un presupuesto de 20 millones de euros para este año. Si bien ASAJA lamenta que después de todo el tiempo de espera transcurrido para que esta línea viera la luz, en la Orden se establezca que estas ayudas quedan supeditadas a la aprobación definitiva del PDR por parte de la Unión Europea, creando por tanto cierta inseguridad jurídica para el candidato, ya que las resoluciones de concesión de ayudas quedarán en suspenso mientras se produce esta aprobación del PDR.





















