El comisario de Seguridad Alimentaria, Vytenis Andriukaitis, subrayó que "en tiempos en los que el comercio global interactúa con los retos del cambio climático, los brotes de plagas vegetales, como el caso de la ‘xylella fastidiosa’ pueden y deben evitarse".
Andriukaitis se refirió así al caso de la bacteria que ha atacado a cientos de olivos en Italia y cuyo brote fue notificado por primera vez en 2013, cuando ya estaba muy extendido por la región de Apulia, el centro de la zona de producción olivarera de Italia, y que ha dañado enormemente la economía y el paisaje de la región.
Para evitar este tipo de casos, el nuevo reglamento, que revisa la legislación fitosanitaria de 1977, se centra en la prevención de la entrada o la propagación de plagas vegetales en el territorio de la UE, con el objetivo de asignar más recursos en una fase temprana.
Los países "ya no podrán actuar unilateralmente con medidas de contención, es decir, saltarse la fase de erradicación y limitarse a tomar medidas para restringir la presencia de las plagas en una zona determinada", explicó la Comisión Europea (CE).
Por otro lado, el nuevo Reglamento introduce el concepto de "plagas prioritarias", plagas cuarentenarias "que pueden tener repercusiones más graves sobre la economía, el medio ambiente y la sociedad de la UE".
Estas estarán sujetas a medidas más estrictas sobre la agrimensura, planes de acción para su erradicación, planes de contingencia y ejercicios de simulación.
"Es necesario establecer un orden prioritario de las plagas más nocivas a fin de que la UE y cada Estado miembro concentren sus recursos de la forma más eficiente para proteger la producción agrícola y el medio ambiente", afirmó la CE, que prevé "una mayor cofinanciación de la UE para alcanzar estos objetivos".
La lista de plagas se adoptará "en una fecha cercana" a la aplicación de este reglamento, a finales de 2019.
La CE adoptará en este plazo una lista de los denominados "vegetales o productos vegetales de alto riesgo", cuya importación estará prohibida mientras no se haya efectuado una evaluación del riesgo detallada para determinar si tales importaciones pueden aceptarse y en qué condiciones.
Solo podrán importarse vegetales si van acompañados de un certificado fitosanitario que confirme su conformidad con la legislación de la UE, salvo aquellos materiales que la CE considere inocuos para el territorio comunitario y que estarán exentos de dicha certificación.
El nuevo reglamento también establece la posibilidad de introducir temporalmente restricciones fitosanitarias a la importación o incluso una prohibición hasta que se disponga de más información científica.
Por otra parte, todos los pasaportes vegetales (el documento que acompaña al producto y certifica su situación fitosanitaria) serán expedidos con un formato común, lo que facilitará su visibilidad y los hará más fáciles de reconocer por toda la UE.