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BOE publica condiciones del seguro para la producción hortalizas en Canarias

El Boletín Oficial de Estado (BOE) recoge en su edición del viernes 4 de marzo la Orden AAA/277/2016 en la que se precisan las condiciones para suscribir el seguro para hortalizas producidos en Canarias tanto al aire libre como en invernadero.

Esta línea excluye la producción de tomate asegurable en el seguro de explotaciones de tomate en la Comunidad Autónoma de Canarias.

Si cubre la producción de acelga, achicoria, ajo, apio, aromáticas culinarias, batata, berenjena, berro, brócoli, calabacín, calabaza, canónigos, cebolla, cebolleta, col, col china, coliflor, chayota, escarola, espinaca, frambuesa, fresa y fresón, habichuela, lechuga, melón, ñame, papa, pepino, pimiento, piña de millo, puerro, sandía, tomate, zanahoria, plantel hortalizas y plantel platanera.

La normativa fija cuatro periodos de suscripción según los ciclos de cultivos que oscilan entre una fecha de inicio del 1 de abril de 2016 y el 1 de enero de 2017 y otra de fin que varía desde el 30 de junio de 2016 y el 31 de marzo de 2017.