Según esta normativa, son asegurables, con cobertura de los riesgos de helada, pedrisco, viento, golpe de calor, otros excepcionales y del resto de adversidades climáticas, las producciones, plantaciones e instalaciones de aguacate, chirimoyo, chumbera, litchi, mango, papaya, palmera datilera y piña.
El periodo de suscripción comienza el 1 de febrero próximo a excepción del aguacate, cuyo inicio se ha fijado en el 1 de abril.





















