La resolución desestima así el recurso presentado por la sociedad limitada M.A.E. contra la resolución de un juzgado de primera instancia de Totana que la condenó al pago de esa suma y absolvió a una segunda empresa de Mazarrón que también había sido demandada.
La Audiencia coincide con el juzgado en que las semillas compradas por los agricultores, de una variedad de tomate, "resultaron ineptas para el fin propuesto, y el origen de los daños producidos está precisamente en que los frutos obtenidos eran inservibles".
La sentencia, que tiene como ponente al presidente de la Audiencia, Andrés Pacheco, respalda también la absolución de la segunda empresa demandada porque se limitó a poner en el mercado las semillas que le había suministrado la que resultó condenada.





















