Nacional

El Gobierno aprueba créditos extraordinarios de 50 millones por la sequía

El Consejo de Ministros ha aprobado la concesión de créditos extraordinarios por importe de más de 50,1 millones de euros para atender las necesidades urgentes derivadas de la situación de sequía en las cuencas hidrográficas de los ríos Júcar y Segura.

La cuenca del Segura recibirá créditos de 30 millones de euros y la del Júcar por un importe de 20,1 millones de euros, según ha indicado el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente (Magrama) en un comunicado.

Ha apuntado que estas aportaciones permitirán adoptar medidas destinadas a corregir "las difíciles y adversas condiciones climáticas" sufridas en el último año en estas zonas, "que presentan acusados problemas para el suministro de agua, tanto para los abastecimientos a poblaciones como para las explotaciones agrícolas y ganaderas".

Las actuaciones se dirigen a optimizar el uso del agua, reducir sus pérdidas, mejorar su reutilización y facilitar la distribución de agua desalada para abastecer poblaciones.

Estos créditos se suman a los dos Reales Decretos que aprobó el Consejo de Ministros la semana pasada para paliar los efectos de la sequía en las cuencas hidrográficas del Júcar y del Segura, en los que se incluían una serie de medidas excepcionales para la gestión de los recursos hídricos ante la situación de sequía.

En el Real Decreto aprobado hoy, también se ha incluido la autorización temporal de contratos de cesión de derechos al uso de las aguas entre concesionarios de la cuenca del Segura.

El texto refundido de la Ley de Aguas establece con carácter general una limitación al volumen anual susceptible de cesión que no podrá superar al realmente utilizado por el cedente.

Sin embargo, ante la situación de sequía y en el marco temporal de vigencia del Real Decreto de Sequía del Segura -31 de diciembre-, se podrán autorizar contratos de cesión de derechos al uso privativo de las aguas entre concesionarios de la cuenca en los que el volumen susceptible de cesión sea igual al volumen concedido al titular que cede su derecho", no siendo de aplicación aquella limitación legal.

Temas