El Ministerio de Hacienda, a partir de la información aportada por las organizaciones agrarias, tiene que aprobar todavía la Orden que haga oficiales estas mejoras para el campo y permita a los agricultores y ganaderos aplicarlas a sus declaraciones, según ha explicado a Efeagro la directora del Departamento Fiscal de Uagr-COAG Rioja, Mercedes Barahona.
Los agricultores, ha detallado Barahona, tienen hasta el 30 de junio para presentar sus declaraciones por Internet, o desde el 11 de mayo si lo hacen "en papel", indicando sus rendimientos de trabajo o de capital, o si han obtenido ingresos en 2014 por la venta de fincas, de inmuebles o por actividades empresariales.
Si bien hay agricultores que tributan por "estimación directa" -declaran ingresos y le restan gastos para obtener rendimiento- aplicable, más del 85 por ciento de los profesionales lo hacen por "estimación objetiva".
Es decir, un sistema en el que se aplican unos determinados índices correctores en función de los medios de producción -si son propios o ajenos-, de si contratan mano de obra, si son propietarios o arriendan, si el pienso que alimentan su ganado lo obtienen ellos o lo tienen que compran a terceros…
Ha apuntado que, como novedad este año, en el régimen de estimación objetiva se aplicará una reducción del 80 por ciento del rendimiento si se ha utilizado energía eléctrica para cultivos de regadíos.
Como en años anteriores, en el citado régimen los jóvenes pueden reducirse un 25 por ciento el rendimiento en sus explotaciones durante los cinco primeros años de su primera instalación y si acreditan haber realizado un "plan de mejora" en su actividad empresarial.
Todo el colectivo -independiente del sistema por el que tributen- se beneficia de una reducción del 20 por ciento si crean o mantienen el empleo en determinadas condiciones, siempre y cuando tengan ingresos de menos de 5 millones, una exigencia que cumple la mayoría.
Barahona ha recordado, asimismo, que los agricultores pueden deducirse las cantidades aportadas a planes de pensiones -con 10.000 euros de límite y de 12.500 si son mayores de 50 años- o por vivienda habitual sujeta a un préstamo, que estaría en el 15 por ciento con algo más de 9.000 euros como tope.