El transporte de fertilizantes peligrosos a granel se posibilitará, cuando entre en vigor el Real Decreto 1769/2007 de Presidencia sobre estos productos. El Boletín Oficial del Estado señala que los productos contemplados como abonos en el Real Decreto 824/2005, de 8 de julio, utilizados en la agricultura española y clasificados como peligrosos, entre los que se encuentran el ácido nítrico y el ácido fosfórico, pueden distribuirse a los agricultores en cisternas para su uso en técnicas de fertirrigación.
Estos presentan grandes ventajas tanto agronómicas como económicas y medioambientales, siempre que se cumplan todas las normas de seguridad de aplicación a fabricantes y transportistas.
Así, los abonos clasificados como peligrosos podrán transportarse a granel cuando esta operación se realice según lo estipulado en el Acuerdo europeo sobre transporte internacional de mercancías peligrosos por carretera.