Según publica Portalfruticola, “en los viveros se inicia la cadena de la producción agrícola del país. Por esta razón el ICA realiza seguimiento, vigilancia sanitaria y la identificación genética en viveros de propagación de cítricos, para garantizar la procedencia y calidad del material vegetal, así como para prevenir la introducción y diseminación de enfermedades y plagas en el territorio nacional”, explicó Luis Humberto Martínez Lacouture, gerente general del ICA en una nota de prensa.
El organismo fitosanitario informó que toda persona natural o jurídica que se dedique a la producción y/o comercialización de semilla sexual o asexual de cítricos, deberá registrar el vivero o el huerto básico ante la seccional del ICA más cercano, cumpliendo con una serie de requisitos entre ellos: nombre o razón social, dirección y teléfono del vivero y/o huerto básico; certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio si es persona jurídica, con fecha de expedición no mayor a noventa (90) días calendario previos a la presentación de la solicitud ante el ICA, matrícula mercantil o RUT si se trata de una persona natural; plano y ubicación del vivero y/o del huerto básico (coordenadas geográficas, límites, infraestructura y/o distribución, indicando las dimensiones en metros cuadrados); y acreditar la tenencia o posesión del predio en donde se ubica el vivero y/o el huerto básico.
El ICA reiteró su llamado a todos los viveristas del país para que registren su actividad y se comprometan con los programas de prevención y control establecidos por la autoridad sanitaria de manera que la producción agrícola nacional se logre en las mejores condiciones fitosanitarias.