Según recoge el texto, esta orden tiene por objeto establecer los procedimientos de gestión, en materia de autorización, control e inspección, de los productos ecológicos procedentes de terceros países para el despacho a libre práctica de la Unión Europea.
Dicha orden se aplicará a los productos agrarios vivos o no transformados; a productos agrarios transformados destinados a ser utilizados para la alimentación humana; piensos; material de reproducción vegetativa y semillas para cultivo; y levaduras destinadas al consumo humano o animal.
Esta orden entrará en vigor el próximo 7 de noviembre.