El expedientado en esta última resolución es la sociedad agraria de transformación P.U.P., de Yecla, que incumplió las condiciones establecidas al modificar las características de un aprovechamiento anotado en su día en el catálogo de aguas privadas.
El organismo de cuenca la responsabiliza de regar más de 47 hectáreas fuera de su perímetro de riego, lo que constituye una infracción menos grave de la ley de Aguas sancionable con multa de entre 10.000 y 50.000 euros.
Otros expedientados por riego ilegal responden a las iniciales G.G., de Jumilla, D.P. y P.I., ambos de Yecla.
Por otra parte, S.P., de la pedanía murciana de Espinardo, ha sido expedientado por instalar una valla perimetral en unas parcelas ubicadas en Yeste (Albacete).
Todos ellos disponen de quince días de plazo para conocer el contenido de los expedientes y presentar las alegaciones que estimen oportunas en su descargo.





















